martes, 10 de marzo de 2009

ESTUDIANTES ESTÁN PROTEGIDOS POR EL SEGURO ESCOLAR


  • En caso de quedar inválido u estudiante a causa de un accidente escolar, éste recibirá educación gratuita.

Sabía usted que los estudiantes de los establecimientos fiscales, municipales y/o particulares dependientes del estado y/o reconocidos por éste, quedarán sujetos al Seguro Escolar, el que los protege en caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades escolares, cubriendo prestaciones médicas quirúrgicas, dental hospitalizaciones y gastos de traslado. Así como también, medicamentos y productos farmacéuticos, prótesis y aparatos ortopédicos, su reparación y rehabilitación física y reeducación profesional.

Cuando un alumno sufre un percance debe ser denunciado al servicio de salud o al INP por el jefe del establecimiento educacional. Igualmente el aviso puede hacerlo el médico que trate un accidente escolar, o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos. Si el Colegio no realiza la denuncia dentro de las 24 horas siguientes al hecho, podrá hacerla el propio accidentado o quien lo represente.

Existen casos especiales que cubre el seguro tales como a los pupilos con régimen de internado, que duerman fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de autoridades educacionales, con motivo de la realización de su práctica profesional. Asimismo de alumnos que asistan de visita a bibliotecas, museos, centros culturales, y/o actividades extraescolares.

Cabe mencionar que este seguro no protege a los estudiantes que por su trabajo reciban una remuneración afecta a leyes sociales.

La denuncia se debe efectuar vía el formulario Nº 0374-3, ejemplares que deberá estar en poder de los Establecimientos Educacionales y en el Centro Asistencial que atienda al accidentado.

El director (a) del establecimiento deberá enviar cinco formularios al Centro Asistencial, los que una vez timbrados deberán distribuirse al Ministerio de Salud, al Compin, Establecimiento asistencial, escuela y al apoderado.

Asimismo, deberá designar a un funcionario o profesor, en caso de no contar con Asistente Social para que recopile los antecedentes del estudiante afectado.

Sí por razones calificadas los servicios de salud se ven imposibilitados de otorgar las prestaciones médicas y los interesados se ven obligados a obtenerlas en forma particular, corresponde a dichos centros rembolsar los gastos en que se incurrió por tal concepto.

Del mismo modo se reembolsará, siempre y cuando, la atención médica particular haya sido imprescindible por su urgencia o por otro motivo derivado de la naturaleza de las lesiones sufridas. Por el contrario, si dicha atención particular ha sido requerida por decisión de los padres o apoderados, no será devuelto el dinero gastado.

Todo estudiante inválido a consecuencia de un accidente escolar, que sufra una disminución apreciable en su capacidad de estudio, calificado por el respectivo Servicio de Salud, tendrá derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado. Este derecho se ejerce concurriendo directamente al Ministerio de Educación.

Por Rita Rivera Miranda, periodista DEM.